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Seguros casa

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Seguros casa


Los requisitos pactados entre cliente y constructor - promotor no siempre es garantía de que la casa los cumpla. Es una situación bastante habitual que el mobiliario y los materiales utilizados sean de calidad menor a lo que se contrató en un principio y hay veces, en que los defectos comienzan a manifestarse antes de que se haya estrenado la vivienda.
De esta forma, según un estudio que llevó a cabo el grupo inmobiliario Acerta, alrededor del 95% de las viviendas españolas tienen más de diez desperfectos cuando se realiza la entrega de llaves y en el 35% de los casos se llegan a registrar más de 25 incidencias. En consecuencia, ¿Cómo o a quién habrá que reclamar en estos casos?

Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999
Entre los problemas más importantes que se encuentran los compradores de una vivienda nueva suelen estar guardar relación con las humedades. Habituales también son las fugas en la calefacción o los acabados de carpintería y pintura. Se llegan a dar casos, en los que se incumple la memoria de calidades, que es el documento en el que se incluye una relación detallada de todos los materiales que se han utilizado durante la construcción de una casa, así como una copia del proyecto e información de interés para el comprador.
Como solución a este tipo de problemas, la Ley de Ordenación de la Edificación dicta unas responsabilidades concretas frente a los propietarios y adquirientes de los edificios por años.
De esta forma, reconoce la ley los daños materiales causados en el edificio por defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometen directamente la resistencia mecánica o la estabilidad del edificio, durante 10 años.
Para el caso de defectos en los elementos constructivos o de instalaciones que no lleguen a los mínimos requisitos de habitabilidad que se contemplan en la ley, la responsabilidad del constructor se alargará durante 3 años más. Finalmente, el constructor responderá por los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.
Contratación de seguros casa
Como garantía para el cumplimiento de las responsabilidades y reparaciones de los defectos que hemos expuesto, la Ley de Ordenación de la Edificación les exige a los promotores y a los constructores que contraten obligatoriamente tres seguros de daños materiales o de caución. Así, en este tipo de contratos para seguros casa, el asegurado será el promotor y también los sucesivos adquirientes de la vivienda, de tal forma que si hubiese alguna anomalía la aseguradora es la que pagará al promotor, si aún no se ha vendido la casa o a los nuevos inquilinos.

 
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