Seguros del hogar
Definición seguros del hogar: Este es un seguro mediante el cuál se protege una de las mayores inversiones económicas de la vida de las personas, su vivienda. Contratando alguno de los seguros del hogar se estará protegido y tranquilo ante cualquier imprevisto que conlleve algún tipo de desperfectos en el hogar o en el de los vecinos.
Los seguros del hogar tienen básicamente dos modalidades de contratación, a saber, Continente y Contenido:
Analicemos estas dos modalidades un poco más detenidamente, que suenan mucho en la vida cotidiana pero aún hay muchas personas que desconocen su significado real:
- Continente: Lo forman los cimientos, muros, techos y en general el valor de construcción. Conviene asegurar el Continente siempre que la vivienda sea en propiedad. Ahora bien, si se es el inquilino, en principio no se tiene por qué asegurarlo a no ser que se tenga un interés en hacerlo, como por ejemplo que se trate de la vivienda de un familiar o un amigo o que se piense adquirir por medio de comprar en poco tiempo. Como importe mínimo a asegurar será el de 30.050,60 euros y el máximo de 360.607,26 euros .
- Contenido: Incluye el valor de reposición de los bienes ubicados dentro del Continente. Cuando el Contenido es en propiedad convendrá asegurarlo contra los posibles riesgos que le puedan causar daños. Dentro del contenido se pueden incluir bienes propios del asegurado, de los familiares que convivan y del servicio doméstico, que formen parte del mobiliario, ropa, ajuar doméstico y bienes como cuadros, alfombras, obras de arte, objetos de plata, etc., ya que se incluirán genéricamente siempre que su valor unitario no sea muy alto. Como importe mínimo será el de 6.010,12 euros y el máximo de 300.506,05 euros .
También se deberá incluir como parte de los seguros del hogar las plazas de garaje, cuartos trastero y aquellos espacios que se ubiquen en su edificio para uso privado.
Vamos a analizar ahora dos términos también muy comunes pero que hay que distinguir bien y no confundir términos, a saber: vivienda Habitual y la Segunda vivienda:
- Vivienda Habitual: Será en la que se reside habitualmente pero además, es importante saber que se especifica en esta definición que no permanecerá deshabitada más de 30 días al año.
- Segunda vivienda: Es la destinada a periodos vacacionales, fines de semana o alquiler a terceros.
¿Son necesarios los Seguros del hogar?
En el preciso momento en que adquiere una vivienda, se debe proteger ante posibles riesgos, ya que el hogar es una de las inversiones mas importantes de la vida, por no decir la más importante en la mayoría de los casos.






